LA RESOLUCIÓN:
Tribunal Constitucional, Sala Primera, Sentencia 181/2011 de 21 Nov. 2011, rec. 2186/2009: Derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión. Vulneración. Tramitación inaudita parte de solicitud de ampliación de entrega en procedimiento de orden europea de detención y entrega. Necesaria tramitación de la solicitud atendiendo a los límites, criterios y garantías que rodean la decisión de entrega ordinaria, según se desprende del conjunto de la regulación contenida en la Ley 2/2003, pese a que en esta Ley no se contemple expresamente, para resolver dicha solicitud, un trámite de audiencia.
Una vez más el derecho de defensa es desconocido por los órganos judiciales. No oír al afectado por la ampliación de una OEDE o no posibilitar su intervención en el procedimiento a través de un Letrado supone una vulneración de derechos que provoca indefensión al menoscabar el derecho de defensa por impedir la oposición de la persona reclamada, por sí misma o a través de letrado, a la pretensión de ampliación de la entrega
Pablo CONTRERAS CEREZO, Fiscal ante el Tribunal Constitucional
Diario La Ley, Nº 7819, Sección Jurisprudencia del Tribunal Constitucional, 15 Mar. 2012
Tribunal Constitucional, Sala Primera, Sentencia 181/2011 de 21 Nov. 2011, rec. 2186/2009: Derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión. Vulneración. Tramitación inaudita parte de solicitud de ampliación de entrega en procedimiento de orden europea de detención y entrega. Necesaria tramitación de la solicitud atendiendo a los límites, criterios y garantías que rodean la decisión de entrega ordinaria, según se desprende del conjunto de la regulación contenida en la Ley 2/2003, pese a que en esta Ley no se contemple expresamente, para resolver dicha solicitud, un trámite de audiencia.
Ponente: Asua Batarrita, Adela.EL COMENTARIO:
Nº de Sentencia: 181/2011
Nº de Recurso: 2186/2009
Diario La Ley, Nº 7819, Sección Jurisprudencia del Tribunal Constitucional, 15 Mar. 2012
Una vez más el derecho de defensa es desconocido por los órganos judiciales. No oír al afectado por la ampliación de una OEDE o no posibilitar su intervención en el procedimiento a través de un Letrado supone una vulneración de derechos que provoca indefensión al menoscabar el derecho de defensa por impedir la oposición de la persona reclamada, por sí misma o a través de letrado, a la pretensión de ampliación de la entrega
Pablo CONTRERAS CEREZO, Fiscal ante el Tribunal Constitucional
Diario La Ley, Nº 7819, Sección Jurisprudencia del Tribunal Constitucional, 15 Mar. 2012
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