Decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 11 de diciembre de 2012, relativa al acceso del público a los documentos que obren en poder del Tribunal de Justicia de la Unión Europea actuando en ejercicio de sus funciones administrativas.
Nota: Este acto se aplica a los documentos que obren en poder del TJUE, elaborados o recibidos por el Tribunal y estén en su poder, en el marco del ejercicio de sus funciones administrativas (art. 1). Con carácter general, todo ciudadano de la UE y toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro tendrá derecho a acceder a los documentos del TJUE de acuerdo con las condiciones de esta Decisión. El Tribunal también podrán conceder acceso a tales documentos a toda persona física o jurídica que no resida ni tenga su domicilio social en un Estado miembro (art. 2).
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