Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil y por la que se sustituye la Decisión marco 2004/68/JAI del Consejo.
Nota: Según su art. 1, esta disposición de la UE tiene por objeto no sólo fijar las "normas mínimas relativas a la definición de las infracciones penales y de las sanciones en el ámbito de los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores, la pornografía infantil y el embaucamiento de menores con fines sexuales por medios tecnológicos" sino también mejorar la prevención de estos delitos y la protección de sus víctimas.[DOUE L335, de 17.12.2011]
El art. 17 impone a los Estados miembros la obligación de regular la competencia de sus tribunales, atendiendo tanto al criterio de la territorialidad como de la extraterritorialidad y previendo su comisión a través de tecnologías de la información y de la comunicación, para perseguir las infracciones contempladas en la Directiva. Igualmente se ocupa de la coordinación de las actuaciones judiciales entre Estados miembros.
El art. 25 de ocupa de las medidas a adoptar contra los sitios web de Internet que contengan o difundan pornografía infantil.
Esta Directiva sustituye la Decisión marco 2004/68/JAI en lo que respecta a los Estados miembros que participan en la adopción de la presente Directiva (art. 26). El Reino Unido e Irlanda participan en esta disposición mientras que Dinamarca no lo hace (véanse los considerandos núms. 51 y 52). El plazo de transposición de la Directiva finaliza el 18.12.2013 (art. 27.1).
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