NUEVOS ASUNTOS
-Asunto C-144/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof (Austria) el 23 de marzo de 2012 — Goldbet Sportwetten GmbH/Massimo Sperindeo.
Cuetiones planteadas:-Asunto C-157/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Vorabentscheidungsersuchen des Bundesgerichtshofs (Alemania) el 30 de marzo de 2012 — Salzgitter Mannesmann Handel GmbH/SC Laminorul SA.
"1) ¿Debe interpretarse el artículo 6 del Reglamento (CE) nº 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por el que se establece un proceso monitorio europeo, en el sentido de que en el proceso monitorio europeo también resulta aplicable el artículo 24 del Reglamento (CE) nº 44/2001, relativo a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales, artículo que regula la atribución de competencia al tribunal mediante comparecencia del demandado?
2) En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión:
¿Debe interpretarse el artículo 17 del Reglamento nº 1896/2006, en relación con el artículo 24 del Reglamento nº 44/2001, en el sentido de que la presentación de un escrito de oposición contra un requerimiento europeo de pago ya supone una comparecencia cuando no se invoca en él la falta de competencia del órgano jurisdiccional de origen?
3) En caso de respuesta negativa a la segunda cuestión:
¿Debe interpretarse el artículo 17 del Reglamento nº 1896/2006, en relación con el artículo 24 del Reglamento nº 44/2001, en el sentido de que la presentación de un escrito de oposición funda en todo caso la competencia del tribunal a través de la comparecencia cuando en él ya se formulan alegaciones sobre el fondo pero no se invoca la falta de competencia?"
Cuestión planteada: "El artículo 34, número 4, del Reglamento (CE) nº 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil; ¿comprende también el supuesto de resoluciones inconciliables procedentes del mismo Estado miembro (Estado de origen)?"-Asunto C-192/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein oikeus (Finlandia) el 24 de abril de 2012 — Melvin West/Virallinen syyttäjä.
Cuestión planteada: "A efectos de la aplicación del artículo 28, apartado 2, de la Decisión marco, ¿debe entenderse por Estado miembro de ejecución el Estado desde el cual se hubiera entregado inicialmente al interesado en virtud de una orden de detención europea a otro Estado miembro, o bien este segundo Estado miembro desde el cual se hubiera remitido al interesado a un tercero, al que se solicita ahora que entregue nuevamente a la persona a un cuanto Estado miembro? ¿O es necesario, en su caso, el consentimiento de ambos Estados miembros? [omissis]"[DOUE C184, de 23.6.2012]
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