SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 7 de abril de 2011, en el Asunto C-291/09 (Francesco Guarnieri & Cie): Libre circulación de mercancías – Artículo 34 TFUE – Cautio judicatum solvi – Sociedad monegasca – Artículo 18 TFUE, párrafo primero.
Fallo del Tribunal: "El artículo 34 TFUE debe interpretarse en el sentido de que no se opone a que la normativa de un Estado miembro exija la constitución de una cautio judicatum solvi por parte de un demandante de nacionalidad monegasca, que ha iniciado ante uno de los órganos del orden jurisdiccional civil de dicho Estado una acción judicial contra un nacional de este último Estado para obtener el pago de las facturas emitidas por la entrega de mercancías equiparadas a mercancías comunitarias, cuando tal exigencia no se impone a los nacionales de dicho Estado miembro."
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