Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1347/2000.
Nota: Ahora nos llega una corrección de errores sobre una norma publicada hace más de nueve años. En otras palabras, que durante todo este tiempo los tribunales de algunos Estados miembros llevan certificando que las sentencias dictadas sobre derecho de visita y restitución del menor eran o no recurribles en el Estado de origen cuando lo que realmente deberían haber certificado era si eran o no ejecutorias. Total, una minucia procesal que confundía ejecutividad con firmeza de la resolución.
He dicho los tribunales de algunos países miembros porque lo curioso del caso es que no todas las versiones lingüísticas cometían el error, como la inglesa, la alemana o la portuguesa, entre otras; por su parte, en el año 2006 ya se había corregido el error de la versión en lengua italiana, que era parcial (solamente se había cometido en el Anexo IV).
Véase el Reglamento (CE) nº 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003.
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