Dictamen del Supervisor Europeo de Protección de Datos sobre las propuestas legislativas relativas a la resolución alternativa y en línea de litigios en materia de consumo.
Nota: El SEPD se pronuncia ahora sobre dos propuestas de la Comisión en materia de resolución alternativa de litigios:[DOUE C136, de 11.5.2012]-COM(2011) 793 final (Bruselas, 29.11.2011): Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo, por la que se modifica el Reglamento (CE) nº 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE (Directiva sobre RAL en materia de consumo) {SEC(2011) 1408 final} {SEC(2011) 1409 final}El SEPD llega a las siguientes conclusiones:
-COM(2011) 794 final (Bruselas, 29.11.2011): Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo (Reglamento sobre RLL en materia de consumo)-El SEPD recibe con agrado el hecho de que hayan sido integrados en el texto los principios de protección de datos, en particular, respecto de la limitación a una finalidad específica y la restricción de acceso, la limitación del período de conservación y las medidas de seguridad. El SEPD recomienda, sin embargo, que:
· se aclaren las responsabilidades de los responsables del tratamiento y se informe a los interesados oportunamente;
· se aclare la limitación de los derechos de acceso;
· se complemente las disposiciones sobre la seguridad;
· se mencione la necesidad de consultar al SEPD en relación con los actos delegados y de ejecución relativos al tratamiento de datos personales.
-El SEPD desea asimismo recordar que el tratamiento de datos personales en el marco de la plataforma RLL puede quedar sometido al control previo por parte de las autoridades nacionales de protección de datos y del propio SEPD.
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