sábado, 12 de marzo de 2011

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


NUEVOS ASUNTOS

-Asunto C-622/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance de Namur (Bélgica) el 22 de diciembre de 2010 — Rémi Paquot/État belge — SPF Finances.
-Asunto C-623/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance de Namur (Bélgica) el 22 de diciembre de 2010 — Adrien Daxhelet/État belge — SPF Finances.
Nota: En ambos asuntos se plantean las mismas cuestiones prejudiciales, que son las siguientes:
"1) ¿Se oponen, por una parte, el artículo 6 del título primero, «disposiciones comunes», del Tratado de Lisboa, de 13 de diciembre de 2007, por el que se modifica el Tratado de la Unión Europea firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, y vigente desde el 1 de diciembre de 2009 (que reproduce en gran medida las disposiciones que figuraban en el artículo 6 del título primero del Tratado de la Unión Europea firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, que a su vez entró en vigor el 1 de noviembre de 1993), y el artículo 234 (anteriormente artículo 177) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (Tratado CE) de 25 de marzo de 1957, y/o, por otra, el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2000, a que disposiciones legales nacionales, en el presente asunto las del artículo 9, apartado 2, de la Ley belga de 6 de enero de 1989 sobre la Cour darbitrage (actualmente denominada Cour constitutionnelle), impongan a los jueces nacionales la jurisprudencia que resulta de las sentencias dictadas por un órgano jurisdiccional superior de Derecho nacional (en el presente asunto dicha Cour constitutionnelle) sobre recursos de anulación de disposiciones de Derecho interno de los que conoce, cuando dichos recursos se basen en una vulneración de disposiciones pertenecientes al Derecho de la Unión Europea directa y prioritariamente aplicable en el ordenamiento jurídico interno?
2) ¿Se oponen, por una parte, el artículo 6 del título primero, «disposiciones comunes», del Tratado de Lisboa, de 13 de diciembre de 2007, por el que se modifica el Tratado de la Unión Europea firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, y vigente desde el 1 de diciembre de 2009 (que reproduce en gran medida las disposiciones que figuraban en el artículo 6 del título primero del Tratado de la Unión Europea firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, que a su vez entró en vigor el 1 de noviembre de 1993), y el artículo 234 (anteriormente artículo 177) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (Tratado CE) de 25 de marzo de 1957, y/o, por otra, el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2000, a que disposiciones legales nacionales, en el presente asunto las del artículo 26, apartado 4, de la Ley belga de 6 de enero de 1989 sobre la Cour darbitrage (actualmente denominada Cour constitutionnelle), en su versión modificada por la Ley de 12 de julio de 2009, interpretadas por separado o en relación con las del artículo 9, apartado 2, de dicha Ley especial de 6 de enero de 1989, obliguen a los jueces nacionales a plantear a un órgano jurisdiccional superior de Derecho nacional (en el presente asunto dicha Cour constitutionnelle) cualquier cuestión prejudicial relativa a la interpretación de las disposiciones pertenecientes al Derecho de la Unión Europea directa y prioritariamente aplicable en el ordenamiento jurídico interno, cuando dichas disposiciones se reproducen también en la Constitución nacional y cuando dichos jueces presumen que dichas disposiciones se vulneran en el marco de litigios de los que conocen, lo que provoca que dichos jueces resulten privados de la posibilidad de aplicar inmediatamente el Derecho de la Unión Europea, cuando menos en el supuesto de que dicho órgano jurisdiccional superior se haya pronunciado ya sobre una cuestión idéntica?"
[DOUE C80, de 12.3.2011]

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