sábado, 4 de diciembre de 2010

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


SENTENCIAS

-Asunto C-400/10 PPU: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 5 de octubre de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por la Supreme Court — Irlanda) — J. McB./L. E. [Cooperación judicial en materia civil — Materia matrimonial y de responsabilidad parental — Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores — Reglamento (CE) no 2201/2003 — Menores cuyos progenitores no están casados — Derecho de custodia del padre — Interpretación del concepto de «derecho de custodia» — Principios generales del Derecho y Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea]
Fallo del Tribunal: "El Reglamento (CE) nº 2201/2003, del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1347/2000, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a que el ordenamiento jurídico de un Estado miembro supedite la adquisición del derecho de custodia por el padre de un menor, no casado con la madre de este, a que el padre obtenga una resolución del órgano jurisdiccional nacional competente que le confiera tal derecho que puede hacer ilícito, en el sentido del artículo 2, número 11, de dicho Reglamento, el traslado del menor por su madre o la no restitución de este."

Nota: Véase la entrada del blog Conflictus Legum del día 5.10.2010.
NUEVOS ASUNTOS

-Asunto C-497/10 PPU: Petición de decisión prejudicial planteada por la Court of Appeal (England & Wales) (Civil Division) (Reino Unido) el 18 de octubre de 2010 — Barbara Mercredi/Richard Chaffe.
Cuestiones prejudiciales:
"1) Se pide al Tribunal de Justicia que especifique cuál es criterio apropiado para determinar la residencia habitual de un menor, a efectos:
a) del artículo 8 del Reglamento (CE) nº 2201/2003 y
b) del artículo 10 del Reglamento (CE) nº 2201/2003.
2) ¿Es un órgano jurisdiccional una «institución u organismo» que pueda adquirir un derecho de custodia a efectos de las disposiciones del Reglamento (CE) nº 2201/2003?
3) ¿Es aplicable el artículo 10 con posterioridad a que los órganos jurisdiccionales del Estado miembro requerido hayan rechazado la restitución del menor solicitada con arreglo al Convenio de La Haya sobre sustracción de menores, sobre la base de que no se cumplen los requisitos de los artículos 3 y 5 de éste?
En particular, ¿cómo debe resolverse el conflicto que surge cuando el Estado requerido estima que los requisitos de los artículos 3 y 5 del Convenio de La Haya sobre sustracción de menores no se cumplen y el Estado requirente estima que sí se cumplen?"
[DOUE C328, de 4.12.2010]

No hay comentarios:

Publicar un comentario