lunes, 2 de julio de 2012

BOE de 2.7.2012


Aplicación provisional del Acuerdo sobre inmunidades y prerrogativas entre el Banco Interamericano de Desarrollo y el Reino de España, hecho en Madrid el 15 de junio de 2012.
Nota: En esta disposición cabe destacar los siguientes preceptos:
-Art. 6: Determina los privilegios e inmunidades de los que gozarán en España los funcionarios y empleados del BID que no tengan la nacionalidad española ni sean extranjeros con estatus de residente en España.
-Art. 7: Hace lo propio con los miembros de la familia que acompañen a los funcionarios y empleados del BID con motivo de su nombramiento para trabajar para el BID en España.

Este Acuerdo se aplica provisionalmente desde su firma (art. 16), lo que ocurrió el 15.6.2012.

El Acuerdo entró en vigor el 12.12.2012.

Véase la correspondiente corrección de errores a esta aplicación provisional e, incluso, una segunda corrección de errores.
[BOE n. 157, de 2.7.2012]

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