Contribuciones seleccionadas de la Revista Electrónica de Estudios Internacionales, publicadas en el núm. 22 (2011):
ESTUDIOS:
ESTUDIOS:
-La inmunidad de jurisdicción de los bancos multilaterales de desarrollo. Análisis de la práctica de los Estados Unidos de AméricaNOTAS:
Björn Arp
Revista Electrónica de Estudios Internacionales, núm. 22 (2011) - [texto]El artículo examina la inmunidad jurisdiccional de los bancos multilaterales de desarrollo (BMD) que tienen su sede en los Estados Unidos de América. Los términos del acuerdo constitutivo de estas instituciones incluyen una cláusula de exclusión de la inmunidad para todos los actos realizados en los mercados financieros internacionales. Dicha renuncia constituye una cláusula especial en lo que respecta al régimen general de la inmunidad de las organizaciones internacionales, que les otorga protección por todos los actos realizados en el ejercicio de sus funciones estatutarias. Dentro de este marco jurídico, el presente artículo analiza la jurisprudencia de los tribunales de los Estados Unidos en la aplicación de las cláusulas de exclusión de inmunidad de los BMD contenidas en sus tratados constitutivos. El estudio de esta jurisprudencia permite afirmar que los tribunales de los Estados Unidos no interpretan las cláusulas de conformidad con las normas pertinentes de interpretación de los tratados. En cambio, los tribunales siguen estrictamente los criterios restrictivos para la exclusión de la inmunidad establecidos por el Departamento de Estado, difuminando la separación de los poderes ejecutivo y judicial. Al mismo tiempo, no se aplican con precisión los términos del tratado constitutivo de los BMD. Los propios bancos, a su vez, contemplan con complacencia esta interpretación de los tribunales de los Estados Unidos, ya que les protege de las reclamaciones de personas afectadas por las actividades financieras de la institución.
-El cobro de deudas en el proyecto OHADAC: Seis propuestas en busca de autorCRÓNICAS:
Miguel-Ángel Michinel Álvarez
Revista Electrónica de Estudios Internacionales, núm. 22 (2011) - [texto]En este trabajo se presentan seis propuestas relativas al cobro de deudas en el marco del proyecto OHADAC, sobre armonización del Derecho mercantil en el área del Caribe. Tales propuestas abarcan distintos aspectos del problema, como son la conveniencia de la creación de un cuerpo de agentes ejecutores, la limitación de la actividad judicial declarativa dentro del proceso de ejecución mediante normas de competencia judicial internacional, la determinación de la ley rectora de dicho proceso de ejecución, y la recomendación de una declaración uniforme de activos patrimoniales del deudor, así como medidas específicas en el caso de embargo de créditos, como son la necesidad de un documento de reconocimiento de deuda por el tercero deudor, con naturaleza ejecutiva, y un mecanismo de protección de dicho tercero frente a eventuales reclamaciones de su acreedor, el ejecutado.-El derecho a la asistencia jurídica gratuita en los litigios transfronterizos
Antonia Durán Ayago
Revista Electrónica de Estudios Internacionales, núm. 22 (2011) - [texto]El derecho a la asistencia jurídica gratuita es parte indisociable del derecho a la tutela judicial efectiva, por ello y en tanto derecho fundamental que corresponde a toda persona con independencia de su origen, no debe verse matizado por los elementos de extranjería, sean de carácter internacional o de carácter institucional, que puedan concurrir en un supuesto objeto del Derecho Internacional Privado.-México y la Convención de La Haya de 30 de junio de 2005 sobre acuerdos de elección de foro
Nuria González Martín, Alejandro León Vargas, Marisol Cuevas Tavera
Revista Electrónica de Estudios Internacionales, núm. 22 (2011) - [texto]La Convención de la Haya de 30 de junio de 2005 sobre acuerdos de elección de foro representa un punto de inflexión en los instrumentos que en materia de codificación de derecho internacional privado han visto la luz en los últimos años. Su estructura y claridad permitirán, de entrar en vigor una vez que otro país además de México la ratifique, que numerosas discrepancias originadas por conflictos de foro en ejecución de sentencias extranjeras puedan dirimirse de manera efectiva. México cuenta con un andamiaje normativo que permitirá, no sin cierta dificultad, implementar dicha Convención una vez que entre en vigor. El presente artículo intenta exponer elementos claves del Convenio, a la luz de la legislación mexicana, algunos desarrollos actuales que ha tenido el proceso de ratificación y una revisión de instrumentos globales y regionales que son el antecedente/complemento de la Convención en cuestión.
-Crónica sobre derecho procesal civil internacional (Enero - junio de 2011)Último número: 21 (2011)
Andrés Rodríguez Benot, Alfonso Ybarra Bores
Revista Electrónica de Estudios Internacionales, núm. 22 (2011) - [texto]
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