Competencia judicial y protección de los derechos de la personalidad en Internet
Pedro Alberto DE MIGUEL ASENSIO, Catedrático de Derecho Internacional Privado (Universidad Complutense de Madrid)
Diario La Ley, Nº 7787, Sección Tribuna, 31 Ene. 2012
Pedro Alberto DE MIGUEL ASENSIO, Catedrático de Derecho Internacional Privado (Universidad Complutense de Madrid)
Diario La Ley, Nº 7787, Sección Tribuna, 31 Ene. 2012
En este artículo se aborda la sentencia del Tribunal de Justicia de 25 de octubre de 2011, que constituye un hito en la interpretación del «lugar donde se hubiere producido o pudiere producirse el hecho dañoso» como criterio atributivo de competencia judicial internacional en los supuestos de difamación y, en general, de tutela de los derechos de la personalidad para su adaptación al entorno de Internet.
Nota: Véase la sentencia del TJUE de 25.10.2011, en los Asuntos acumulados C‑509/09 y C‑161/10 (eDate Advertising).
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