martes, 18 de octubre de 2011

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (18.10.2011)


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 18 de octubre de 2011, en el Asunto C‑406/09 (Realchemie Nederland): Reglamento (CE) nº 44/2001– Competencia judicial y ejecución de resoluciones judiciales – Concepto de “materia civil y mercantil” – Reconocimiento y ejecución de una resolución por la que se impone una multa – Directiva 2004/48/CE – Derechos de propiedad intelectual – Infracción de esos derechos – Medidas, procedimientos y recursos – Condena – Procedimiento de exequátur – Costas de dicho procedimiento.
Fallo del Tribunal:
"1) El concepto de «materia civil y mercantil» que figura en el artículo 1 del Reglamento (CE) nº 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que dicho Reglamento es aplicable al reconocimiento y a la ejecución de una resolución de un órgano jurisdiccional que contiene una condena al pago de una multa con el fin de hacer cumplir una resolución judicial dictada en materia civil y mercantil.
2) Están comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 14 de la Directiva 2004/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual, las costas de un procedimiento de exequátur entablado en un Estado miembro en el que se solicita el reconocimiento y la ejecución de una resolución dictada en otro Estado miembro en el marco de un litigio relativo a la tutela de un derecho de propiedad intelectual."

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