jueves, 13 de octubre de 2011

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (13.10.2011)


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Cuarta) de 13 de octubre de 2011, en el Asunto C-139/10 (Prism Investments): Cooperación judicial en materia civil – Reglamento (CE) nº 44/2001 – Otorgamiento de la ejecución – Motivos de denegación – Ejecución en el Estado de origen de la resolución judicial objeto de la solicitud de otorgamiento de la ejecución.
Fallo del Tribunal: "El artículo 45 del Reglamento (CE) nº 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que se opone a que el tribunal que debe pronunciarse sobre el recurso previsto en los artículos 43 o 44 de dicho Reglamento deniegue o revoque el otorgamiento de la ejecución de una resolución por un motivo distinto de los mencionados en los artículos 34 y 35 del antedicho Reglamento, como la ejecución de la referida resolución en el Estado miembro de origen."

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