Instrumento de Ratificación del Acuerdo de cooperación en materia de seguridad entre el Reino de España y el Estado de Qatar, hecho "ad referendum" en Madrid el 26 de abril de 2011.
Nota: Tras el título poco descriptivo, conviene precisar que el objeto de este Acuerdo es el mantenimiento de la seguridad y la lucha contra la delincuencia, en general, y en particular los siguientes delitos: tráfico ilícito de drogas narcóticas peligrosas, sustancias psicotrópicas y sus derivados, otras sustancias tóxicas peligrosas y sus precursores; terrorismo; delincuencia organizada; delitos relacionados con la falsificación; delitos relacionados con el contrabando; contrabando ilícito de armas de fuego, munición y explosivos; blanqueo de dinero; delitos con tarjetas de crédito; delitos a través de ordenadores e Internet; seguridad en los puertos, aeropuertos y pasos fronterizos; inmigración ilegal; tráfico de seres humanos; piratería marítima; así como cualquier otro que, por consenso mutuo, sea compatible con el objetivo del Acuerdo (véase art. 1).El Acuerdo entró en vigor el 9.5.2014, es decir, hace tres días.
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