Derecho extranjero y Registro Civil
Álvaro GIMENO RUIZ, Colegiado no ejerciente del ICA de Huesca
Diario La Ley, Nº 8243, Sección Tribuna, 4 Feb. 2014
LA LEY 463/2014
La existencia de una sociedad multicultural presenta incidencia en los hechos que acceden al Registro Civil, conteniendo la Ley del Registro Civil de 2011 normas en materia de Derecho internacional privado. Para proceder a la inscripción de dichos hechos será necesario acreditar ante el Encargado el contenido y vigencia del Derecho extranjero, cuando no sea conocido por éste. La regulación contenida en la nueva Ley permite la utilización de medios de prueba que vienen siendo utilizados en el proceso civil, como el informe de experto independiente.
Nota: Véase la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, así como la entrada de este blog del día 22.7.2011.
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