Sentencia del Tribunal, de 25 de abril de 2012, en el asunto E-13/11 — Granville Establishment/Volker Anhalt, Melanie Anhalt y Jasmin Barbaro, nacida Anhalt (Acuerdos de jurisdicción — Libertad para suministrar y recibir servicios — Discriminación por nacionalidad — Justificación — Remedios en caso de falta de conformidad con la legislación EEE).
Fallo del Tribunal:"— El artículo 36 EEE se opone a una disposición nacional, como la sección 53a(1) de la Ley de Jurisdicción, que concede solo a los nacionales el derecho a no ser demandados en el extranjero en virtud de un convenio jurisdiccional, si ese convenio no se ha registrado públicamente.— Corresponde al tribunal nacional, en la medida de lo posible, interpretar y aplicar las disposiciones nacionales pertinentes de manera que sea posible remediar debidamente las consecuencias de la infracción de la legislación EEE. En ese contexto, corresponde al tribunal nacional determinar si las disposiciones de la Ley de Jurisdicción o cualesquiera otras disposiciones nacionales pueden aplicarse a efectos de una interpretación de conformidad con la legislación EEE."Nota: Véase la solicitud de dictamen consultivo al Tribunal de la AELC en el Asunto E-13/11, así como la entrada de este blog del día 2.2.2012.
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